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Política

Desde febrero la Corte de Justicia se dividirá en cuatro salas

Se dividirá en Recursos Ordinarios y Extraordinarios, Penal, Acción de Amparo y de Sumarios y Reclamos.

A mediados del mes pasado, a través de la Acordada Nº 4594, la Corte de Justicia de la Provincia estableció el funcionamiento a través de cuatro Salas. Estas estarán integradas cada una por tres ministros. De esta manera, se dividen en Recursos Ordinarios y Extraordinarios, Penal, Acción de Amparo y Amparo por Mora y Sumarios y Reclamos. Las Salas comenzarán a funcionar a partir del 1 de febrero próximo y deberán avocarse a la resolución de los procesos judiciales que ingresen desde esa fecha.

De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, la Ley Provincial 5473 en su artículo 3 establece que a los fines del funcionamiento de la Corte de Justicia, ésta dividirá su composición en Salas. Por ello, se deberá reglamentar la modalidad, integración y funcionamiento de cada una de ellas. Se exceptúan aquellos casos en que corresponda competencia originaria y exclusiva de la Corte de Justicia y, en aquellos que llegasen a conocimiento de la Corte de Justicia por el planteamiento de inconstitucionalidad de una norma provincial, donde el tratamiento de las causas se realizará en juicio pleno, se detalló.

En este marco, según se consideró desde el supremo tribunal catamarqueño, a fin de lograr un mejor y más ágil funcionamiento en el cumplimiento de las responsabilidades que le corresponden, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias constitucionales, resulta conveniente reestructurar la organización de la Corte de Justicia en cuatro Salas.

Competencias

En ese sentido, se detalló que la Sala I de Recursos Ordinarios y Extraordinarios tendrá competencia en los recursos de casación por inaplicabilidad de la ley y los extraordinarios de inconstitucionalidad que se interpongan en contra de las resoluciones dictadas por las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial, del Trabajo, Minas, Menores y Familia.

La Sala II Penal tendrá competencia en los recursos de casación, de inconstitucionalidad y de queja que se interpongan contra las resoluciones dictadas por las Cámaras de Sentencia, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Exhortos y los Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil, como así también las cuestiones de competencia del procurador General y las que se susciten entre los magistrados del Fuero Penal que no tengan un órgano superior común.

La Sala III Acción de Amparo y Amparo por Mora será competente en la acción de amparo prevista en el artículo segundo párrafo de la Ley N° 4642 de Amparo y Habeas Corpus y por mora en sede administrativa. En tanto que la Sala IV de Sumarios y Reclamos tendrá competencia sobre los procedimientos establecidos en los artículos 10 y 15 del Régimen Disciplinario del Poder Judicial, como así también los reclamos y/o recursos sometidos a decisión de la Corte de Justicia, en los términos de las Acordadas N° 4374 y N° 4432 respectivamente.-

Integración

Cada una de las flamantes Salas a funcionar en las próximas semanas estará conformada por tres ministros de la Corte de Justicia catamarqueña. Tales integrantes serán designados en pleno entre sus miembros. Cada Sala, en el acto de su primera integración, elegirá -mediante el voto mayoritario de sus miembros- al presidente. Este referente se desempeñará por el período de un año. Pasado este lapso, el titular podrá renovar su mandato por decisión de los miembros de la sala.

Además, en ese mismo acto los miembros de la sala decidirán el orden en que integran la Sala y demás vocales.

INTEGRACIÓN

Cada Sala estará conformada por tres ministros de la Corte de Justicia que serán designados en pleno entre sus miembros.

Sala I de Recursos Ordinarios y Extraordinarios

Dr. José Ricardo Cáceres

Dr. Miguel Figueroa Vicario

Dra. Fabiana Edith Gómez

Sala II Penal

Dra. Fernanda Rosales Andreotti

Dr. Néstor Hernán Martel

Dra. Rita Verónica Saldaño

Sala III Acción de Amparo y de Amparo por Mora

Dr. Figueroa Vicario.

Dra. Gómez

Dr. Luis Raul Cipitelli

Sala IV de Sumarios y Reclamos

Dra. Saldaño

Dra. Rosales Andreotti

Dr. Martel

Corte de Justicia salas politica

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