Sociedad

Los colegios privados podran incrementar las cuotas sin límites

Lo hizo al derogar una norma que regía desde 2019 por la cual los colegios privados debían comunicar sus estructuras de costos a la Secretaría de Comercio y en función de un análisis de esta dependencia se permitían los aumentos.



“Que, entre los objetivos asignados a la citada Secretaría, se encuentra la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor, correspondiendo a su respecto la aplicación de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias” decía la norma derogada.



Añadía que “la relación entre escuelas privadas y educandos, reviste características típicas de los contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que las alumnas y los alumnos se hallan sujetos”.



En consecuencia, los colegios y universidades privadas podrán implementar los ajustes que crean convenientes y establecer las condiciones de acceso a sus servicios sin mayores restricciones.

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