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Columnistas

Cuadernos: el fallo que robustece la figura del arrepentido que rompió la omertá

La defensa de Julio De Vido fue la primera que hizo el planteo que perdió en cuatro instancias; pretendía invalidar todas las confesiones de empresarios y exfuncionarios

Pese a ser un término conocido, omertá nunca fue receptado por la Real Academia Española (RAE), la entidad que rige el idioma. Argumentaron, en su momento, que se trataba de una palabra de un dialecto italiano. Pero más allá de la formalidad, en castellano se usa para referir una especie de código de silencio. Pues lo que la Corte decidió, cuando concluyó que la ley del arrepentido era constitucional fue justamente, tomar la decisión de no avalar una omertá de empresarios, funcionarios, testaferros y financistas que una vez decidieron hablar, romper el silencio y los códigos que regían durante los tres primeros gobiernos kirchneristas.

La resolución del máximo tribunal dio por tierra al principal argumento que varias defensas esgrimían para pegar un fuerte golpe al andamiaje probatorio de la “Causa de los Cuadernos”, o de las “Fotocopias de los Cuadernos”, como la bautizó gran parte del kirchnerismo. Casi que con esta resolución, da un poco lo mismo tan pequeña digresión, los testimonios que se recogieron por esa vía serán tomados como válidos en las audiencias públicas del cada vez más cercano juicio oral. Luego, el Tribunal será el que tenga que establecer la importancia de lo que se dijo y el aporte a la causa. Una a una, como todas las pruebas ofrecidas. Y en su caso, desecharlas. Pero eso será en otra instancia.

La lucha de varias de las defensas por derrumbar la ley del arrepentido empezó en 2018, con un planteo que hicieron los abogados de Julio De Vido, Roberto Baratta, Oscar Parrilli y Hernán Gómez. Luego, se sumaron Rafael Llorens y se adhirió el empresario Juan Carlos Lascurain. Los principales argumentos los escribió la defensa del exministro de Planificación Federal. En aquel escrito se atacó la constitucionalidad de la ley del arrepentido por considerar que De Vido sufrió las consecuencias del resultado de haberla aplicado. Es decir, muchos de los que optaron por este instituto jurídico contaron algunas de sus fechorías que involucraban al expoderoso funcionario.

También se habló de una falta de igualdad ante la ley (unos, los arrepentidos, eran tratados mejor que otros) y la vulneración del derecho de defensa, ya que “nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo”, además de la consecuente vulneración del debido proceso.

Aquella línea argumental fue contestada, primero por el fiscal Carlos Stornelli que, básicamente, sostuvo que nadie está obligado ya que se trata de un instituto en el que el imputado puede o no adherirse, además de que cada uno lo hizo asesorado por su abogado defensor. Desde entonces, empezó a ponderarse una situación: ninguno de los que reclamaba aquella inconstitucionalidad había usado la herramienta. Es decir, los que optaban por anular sus efectos tenían más que ver con lo que se había dicho que con el instrumento. En un punto, se cuestionaba la ruptura de la omertá.

Entonces, fue Claudio Bonadio el que falló por primera vez. “Los imputados colaboradores, de manera voluntaria, con asesoramiento permanente de sus letrados defensores, optaron ingresar al régimen, asumiendo significativas obligaciones y consecuencias, compensadas con diversos beneficios -escribió entonces el fallecido magistrado-. El impedimento constitucional radica en que nadie puede ser obligado, pero de ninguna manera puede impedírsele a una persona sometida al proceso a que confiese un delito”.

Ante esta resolución, que se descontaba, fueron a la Cámara Federal, que también confirmó la decisión. El camino de los recursos siguió con la Cámara de Casación Penal. Y en esa instancia, los votos fueron dos en el mismo sentido y uno, que consideró inconstitucional la norma. Un asterisco: esa Sala estaba conformada por Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa. Los dos primeros votaron en mayoría; la jueza que recientemente fue separada de su cargo por haber cumplido 75 años, en minoría.

Después de tres derrotas, llegaron a la Corte Suprema. Y allí se selló el asunto: la norma es constitucional. En un punto, porque los que accionaron no pudieron demostrar un perjuicio concreto de la aplicación. Como se dijo, ninguno usó al instituto como una táctica procesal; pero claro, muchos de ellos no quedaron a gusto con lo que se dijo. Una vez más, ir contra lo que permitió romper un pacto de silencio. En el camino hay algunos planteos más, pero, seguramente, la decisión irá en el mismo sentido.

La importancia del fallo es vital para lo que será el juicio oral. El punto es determinante: los 35 arrepentidos contaron detalles absolutamente ricos respecto de cómo funcionaba la trama de la corrupción de entonces. Por caso, el expresidente de la Cámara de la Construcción, Carlos Wagner relató cómo se cartelizaban, quiénes lo hacían, cuánto entregaban y donde. El hombre hasta dijo que tenía un empleado que le preparaba los paquetes para llevar.

En otro caso, el empresario Armando Loson, dueño de Albanesi, sostuvo entonces: “En una de las reuniones que asiduamente teníamos en el Ministerio de Planificación por temas energéticos, [Roberto]Baratta pide verme aparte y me escribe en un papelito tipo block 1.800.000 pesos, lo que quería decir que debíamos colaborar con esa cifra. La segunda vez me lo dijo personalmente y me pidió 50.000 pesos. La verdad no estoy seguro ni me consta que ese dinero haya ido para la campaña”.

El poderoso Aldo Roggio, de Metrovías, confesó que devolvía el 5% del subsidio al transporte que recibía y su colega, Gabriel Romero, de Emepa y la entonces Hidrovía, que pagó 600.000 dólares para extender la concesión del peaje en el rio Paraná. Ángelo Calcaterra, primo hermano de Mauricio Macri, también fue preciso sobre cómo y cuánto pagaba y hasta el empresario Enrique Pescarmona se sinceró y contó las extorsiones que recibía de los funcionarios del kirchnerismo.

José López, el secretario de los bolsos en el convento, también contó cómo recaudaba dinero y el contador de la familia Kirchner, Víctor Manzanares, dio detalles de los malabares que hacía para esconder sacos de dólares que llegaban a Santa Cruz. Hubo más, Claudio Uberti recordó los tiempos románticos cuando manejaba la relación con Venezuela y llegaba con bolsos repletos a la Casa Rosada. No sólo eso, se puso nostálgico cuando agregó que muchas veces Néstor Kirchner lo retaba cuando el contenido de los bultos eran pesos y no dólares. Hubo más, hasta el financista del poder regulado, Ernesto Clarens, aportó una planilla de cálculo con los datos de quién pagaba, a qué licitación correspondía y qué porcentaje restaba cancelar.

En esas audiencias de arrepentidos, por ejemplo, familiares y testaferros de Daniel Muñoz, el secretario privado de Kirchner, reconocieron las maniobras financieras para comprar inmuebles por 74 millones de dólares en las zonas más lujosas de Miami y Nueva York.

Todo eso podría haber ido al tacho de basura en caso de que la ley del arrepentido hubiese sido declarada inconstitucional. Ahora será materia de valoración probatoria en el juicio oral, pero al menos, se tendrá sobre los escritorios de los despachos judiciales para valorarla.

Como se dijo, la decisión robusteció el plexo probatorio de la causa que tiene 158 procesados que cometieron 540 delitos, y en la que se ofrecieron 899 testigos. Las instituciones del Estado no pueden consagrar una omertá, y de hecho, no lo hicieron. Cada cual tendrá sus razones para haber contado sus secretos.

Diego Cabot

Fuente: LA NACIÓN
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